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AYUDAS DESTINADAS A NUEVOS PROYECTOS EMPRESARIALES DE EMPRESAS INNOVADORAS “PROGRAMA NEOTEC” EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.

ORDEN CIN/373/2022, de 26 de abril

 

Enlaces Convocatoria 2023 y Extracto

 

  • OBJETO CONVOCATORIA: Apoyar la creación de empresas de base tecnológica con vocación de crecimiento, contribuir al emprendimiento y acelerar la transferencia de conocimiento desde organismos de investigación públicos y universidades.

 

  • FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN: desde el 28 de febrero hasta el 20 de abril de 2023, a las 12:00 del mediodía.

 

  • DOTACIÓN ECONÓMICA: 000,00 € (de los cuales 5.000,00€ destinados a empresas lideradas por mujeres)

 

  • BENEFICIARIOS: 
  • Pequeñas empresas innovadoras, con residencia fiscal en España.
  • Tres años de antigüedad máximo, a fecha 20/04/2023 contados desde fecha de otorgamiento de escritura de constitución
  • La fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa deberá ser al menos de seis meses anterior a la fecha de cierre de plazo de presentación de solicitudes de la ayuda.
  • Capital social mínimo: 20.000,00 €. Inscrito en registro antes de solicitud.

 

  • CONCURRENCIA COMPETITIVA

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  • INTENSIDAD Y LÍMITE MÁXIMO DE CONVOCATORIA:
  • Se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de 250.000 € por beneficiario.
  • En actuación que incluyan contratación laboral de al menos un doctor, se podrá financia hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de 325.000,00 € por beneficiario.
  • La cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000,00 € en las actuaciones que se hayan solicitado la formación prevista en la convocatoria y cumplan todos los requisitos indicados.
  • Tras dictarse la resolución de concesión definitiva, el beneficiario podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida para el proyecto, con un máximo de 000 €

 

  • CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO:
  • Presupuesto mínimo financiable: 000 €
  • Actuaciones plurianuales. Deberán iniciarse en 2023 y finalizarse como máximo el 31 de diciembre de 2024.
  • Las actuaciones deberán respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH) lo que comporta el cumplimiento de condiciones específicas.

 

  • GASTOS SUBVENCIONABLES:
  • Inversiones en equipos.
  • Gastos de personal (gastos relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, dedicados al proyecto o actividad pertinente)
  • Colaboraciones externas/asesoría.
  • Otros costes (alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados…)
  • Los gastos derivados del informe del auditor de la presente convocatoria (límite máximo de 2.000,00 €)
  • La subcontratación podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 50% del presupuesto financiable

 

  • OTROS DATOS DE INTERÉS:

 

  • Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. Sin embargo, no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.
  • Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.
  • Las ayudas serán incompatibles con cualquier otra ayuda NEOTEC previa o posterior, así como con cualquier otra ayuda concedida por las Comunidades Autónomas que declare expresamente incompatibilidad con las ayudas NEOTEC.