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Deducciones Fiscales por I+D+i

Las Deducciones Fiscales por I+D+i tienen como objetivo premiar, en el Impuesto sobre Sociedades, el esfuerzo que realizan las empresas en el desarrollo de actividades innovadoras.

Estas deducciones pueden ser aplicadas por cualquier sujeto pasivo (excepto fundaciones) del Impuesto sobre Sociedades, que realice actividades innovadoras. Independientemente de su tamaño, facturación y sector de actividad, las Deducciones Fiscales permiten minorar la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades hasta en un 100%. Las actividades de I+D+i permiten la mejora continua de productos y procesos, lo que repercute en el incremento de la competitividad.

En España, las deducciones por actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) son un incentivo fiscal diseñado para promover la inversión empresarial en estas áreas.

Beneficiarios: Cualquier empresa que realice actividades de I+D+i puede beneficiarse de estas deducciones. Esto incluye a grandes empresas, PYMES, y startups que desarrollen proyectos de investigación, desarrollo o innovación tecnológica. (a excepción de las fundaciones)

Cuantía de las Deducciones:

  • Investigación y Desarrollo (I+D): La deducción por I+D es al menos del 25% de los gastos efectuados. Si los gastos e inversiones en I+D se incrementan respecto al promedio de los dos años anteriores, este porcentaje puede aumentar al 42% para ese exceso.

Si la empresa tiene personal investigador que se dedica en exclusiva a tareas de I+D, este coste dispone de una deducción adicional del 17% lo que puede elevar la deducción al 59% del gasto.

  • Innovación Tecnológica (iT): La deducción por actividades de innovación tecnológica es del 12% de los gastos efectuados.

Gastos Elegibles: Incluyen sueldos y salarios del personal involucrado incluyendo los costes de Seg. Social, costes de materiales, amortización de equipos e instalaciones, gastos de I+D contratados a terceros.

Forma de Aplicación: Aplicación en la Declaración de Impuestos: Las deducciones se aplican en el Impuesto sobre Sociedades, reduciendo la cuota.

Monetización de Deducciones: En caso de que la empresa no tenga suficiente cuota para aplicar toda la deducción, cumpliendo ciertos requisitos las deducciones por I+D+i pueden monetizarse, es decir, solicitar su reembolso a la AEAT.

Compatibilidad con Otras Ayudas: Estas deducciones son compatibles con otras ayudas o subvenciones para I+D+i.

Vector Horizonte le ayuda a maximizar el beneficio de estas deducciones y asegurar su correcta aplicación, prestando asesoramiento especializado en fiscalidad y gestión de I+D+i.

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